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TRABAJADORES INDEPENDIENTES QUE GANEN MENOS DE S/ 3,026.00 SOLES NO TENDRÁN QUE PAGAR IMPUESTO A LA RENTA DE 4TA CATEGORIA

TRABAJADORES INDEPENDIENTES QUE GANEN MENOS DE S/ 3,026.00 SOLES NO TENDRÁN QUE PAGAR IMPUESTO A LA RENTA DE 4TA CATEGORIA

Los trabajadores independiente que emitan recibos por honorarios (renta de 4ta Categoría) o aquellos que perciben dicha rentas y que a su vez son dependientes que se encuentran en planilla (renta de 5ta Categoría), que ganen menos de S/ 3,026.00 (tres mil veintiséis y 00/100 soles) mensuales serán exonerados de pagar Impuesto a la Renta, gracias a que se ha elevado el valor de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) para el 2018, de S/ 4,050.00  a S/ 4,150.00 soles.

Así lo ha determinado SUNAT, mediante la Resolución de Superintendencia N° 018-2018/SUNAT, la cual establece que, en el ejercicio fiscal 2018, no están obligados a efectuar pagos a cuenta los contribuyentes cuyos ingresos por rentas de cuarta categoría o las rentas de cuarta y quinta categoría percibidas en el mes no superen los S/ 3,026.00 (tres mil veintiséis y 00/100 soles) mensuales.

Además, la referida norma establece que dichos contribuyentes podrán solicitar la suspensión de retenciones y/o de pagos a cuenta del Impuesto a la Renta cuando los ingresos que proyecten percibir en el 2018 no superen los S/ 36,313.00 (treinta y seis mil trescientos trece y 00/100 soles) anuales.

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