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SUNAT ESTABLECE LOS MONTOS PARA EXCEPTUAR A LOS CONTRIBUYENTES DE EFECTUAR PAGOS A CUENTA Y PODER SUSPENDER LAS RETENCIONES DE RENTAS DE CUARTA CATEGORIA

SUNAT ESTABLECE LOS MONTOS PARA EXCEPTUAR A LOS CONTRIBUYENTES DE EFECTUAR PAGOS A CUENTA Y PODER SUSPENDER LAS RETENCIONES DE RENTAS DE CUARTA CATEGORIA

La Administración Tributaria con la finalidad de reducir la posibilidad de que se generen pagos en exceso de los contribuyentes perceptores de rentas de Cuarta Categoría, a través de la Resolución de Superintendencia N° 000270-2023 ha establecido los nuevos importes para que opere la excepción de la obligación de efectuar pagos a cuenta y la suspensión de la obligación de efectuar retenciones y/o pagos a cuenta, respecto del Impuesto a la Renta por rentas de cuarta categoría por el año 2024, asi como ha indicado que para tal efecto los contribuyentes utilizarán el formato anexo a la Resolución de Superintendencia N° 004-2009/SUNAT, denominado “Guía para efectuar la Solicitud de Suspensión de Retenciones y/o Pagos a Cuenta”, el cual se encontrará a disposición en SUNAT Virtual.

En ese sentido, los trabajadores independientes con rentas de cuarta categoría que emitan recibos por honorarios electrónicos y perciban ingresos mensuales que no superen los S/ 3,755.00 Soles no estarán obligados a efectuar pagos a cuenta del Impuesto a la Renta.

Asimismo, quienes proyecten que sus ingresos durante el año 2024 por rentas de Cuarta Categoría o por rentas de Cuarta y Quinta Categorías no superen los S/ 45,063.00 Soles podrán solicitar la suspensión de las retenciones y/o sus pagos a cuenta del Impuesto a la Renta.

También están comprendidos las personas que tengan funciones de directores de empresas, síndicos, mandatarios, gestores de negocios, albaceas o similares y perciban rentas por dichas funciones y además otras de cuarta y/o quinta categoría, y que el total de lo percibido en el mes no supere los S/ 3,004.00 Soles. Adicionalmente, podrán solicitar la suspensión cuando los ingresos que proyecten en el año no superen los S/ 36,050 soles.

Además, si durante el año 2024 se supera los montos antes señalados, según sea el caso, el contribuyente deberá declarar y efectuar el pago a cuenta del Impuesto a la Renta que corresponda, por la totalidad de los ingresos de renta de Cuarta Categoría que obtenga en un determinado mes.

El trámite para solicitar la suspensión de retenciones de cuarta categoría es virtual para lo cual deberá ingresar a SUNAT Operaciones en Línea con su Clave SOL y seleccionar la opción “Mis trámites y consultas”, y ubicar la sección “Otras declaraciones y solicitudes”, “Solicito Suspensión de Retenciones 4ta. Categoría” (Formulario Virtual 1609).

Por último, se debe precisar que la suspensión tiene efecto desde el día siguiente a la fecha del trámite y está vigente hasta el 31 de diciembre del 2024.

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