Mediante Decreto Supremo Nº 068-2022-EF el Ministerio de Economía y Finanzas ha excluido hasta el 30 de junio de 2022 de la aplicación del Impuesto Selectivo al Consumo a la venta de gasolinas de 84 y 90 octanos, así como a gasoils (gasóleo) y ciertos Diésel.
Las partidas arancelarias especificas comprendidas en la exclusión son las siguientes:
Asimismo, en su artículo 2° dispone que el plazo de exclusión puede ser prorrogado por un máximo de seis (6) meses adicionales, previa evaluación de la evolución del precio internacional del petróleo y su incidencia en los precios internos.