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SE APRUEBA LEY QUE OTORGA BENEFICIOS A LAS EMPRESAS QUE CONTRATEN JOVENES

SE APRUEBA LEY QUE OTORGA BENEFICIOS A LAS EMPRESAS QUE CONTRATEN JOVENES

Mediante la Ley Nº 31828 promulgada el día 12 de julio de 2023 se aprobó la Ley del Joven Empresario que establece un marco normativo promotor a fin de generar fuentes de trabajo para jóvenes que contribuyan con éxito al desarrollo del país dentro de una economía social de mercado.

La ley se aplica a todas las empresas que se encuentren debidamente inscritas ante la SUNARP

Las empresas gozarán de los siguientes beneficios:

  1. Proceso de constitución e inscripción registral simplificada de la empresa, para cuyo efecto el Ministerio de la Producción realiza las acciones y suscribe los convenios que fueran necesarios para su cumplimiento.
  2. El contribuyente sujeto al régimen general del impuesto a la renta o al Régimen MYPE Tributario que contrate uno o más trabajadores nuevos, para efectos de la determinación del impuesto a la renta de los ejercicios 2024 y 2025, puede aplicar una deducción adicional equivalente al 50 % de la remuneración básica que pague al nuevo trabajador, independientemente de su jornada de trabajo y su modalidad contractual
  3. Devolución del IGV para las operaciones de exportación de bienes y servicios, conforme a lo previsto en la legislación vigente.
  4. En los procesos de contrataciones de bienes, servicios u obras de las entidades del sector público, las empresas constituidas por jóvenes, cuya edad sea igual o mayor a 18 años y no mayor a 29 años, tienen una bonificación de puntaje adicional de 5 % en la propuesta técnica.

Los trabajadores que contraten las empresas deberán cumplir lo siguiente:

  • Al momento de su contratación, el colaborador deberá tener una edad igual o mayor a 18 años y no mayor a 29 años.
  • El trabajador no debe estar registrado en la planilla electrónica de una o más empresas en un periodo de doce meses previos a la fecha de inicio de labores.
  • La remuneración básica mensual del nuevo trabajador no superará los S/ 1 700
  • El empleador incorpora al nuevo trabajador en el T-Registro de la planilla electrónica
  • El número de trabajadores registrados en la planilla electrónica del empleador es mayor al empleo en el periodo base, de acuerdo con lo establecido en el reglamento.
  • La relación laboral se inicia a partir del 1 de enero de 2024.
  • El plazo mínimo de vigencia del contrato de trabajo es de un mes.

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