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SE AMPLIA LISTA DE SUJETOS OBLIGADOS A PROPORCIONAR INFORMACIÓN A LA UNIDAD DE INTELIGENCIA FINANCIERA (UIF)

SE AMPLIA LISTA DE SUJETOS OBLIGADOS A PROPORCIONAR INFORMACIÓN A LA UNIDAD DE INTELIGENCIA FINANCIERA (UIF)

Mediante Decreto Supremo Nº 006-2023-JUS publicado con fecha 27 de Julio del presente año, Incorpórese como sujetos obligados a informar a la UIF-Perú, conforme a lo previsto en el numeral 3.3 del artículo 3° de la Ley N° 29038, a los Proveedores de Servicios de Activos Virtuales (PSAV) que comprenden cualquier persona física o jurídica, domiciliada o constituida en el país, que no esté cubierta en ninguna otra de las Recomendaciones del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI) y que, como negocio, realiza una o más de las siguientes actividades u operaciones para o en nombre de otra persona física o jurídica:

  1. Intercambio entre activos virtuales y monedas fi at o de curso legal;
  2. Intercambio entre una o más formas de activos virtuales;
  3. Transferencia de activos virtuales;
  4. Custodia y/o administración de activos virtuales o instrumentos que permitan el control sobre activos virtuales; y
  5. Participación y provisión de servicios financieros relacionados con la oferta de un emisor y/o venta de un activo virtual

Dicha norma legal entrará en vigencia a partir del día 28 de Julio del 2023.

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