Skip links

SE AMPLÍA HASTA EL 2026 LAS EXONERACIONES DEL IMPUESTO A LA RENTA

SE AMPLÍA HASTA EL 2026 LAS EXONERACIONES DEL IMPUESTO A LA RENTA

Mediante el Decreto Legislativo Nº 1549 publicado el 22 de abril de 2023 se prorroga la vigencia de las exoneraciones contenidas en el artículo 19 de la Ley del Impuesto a la Renta hasta el 31 de diciembre de 2026

Cabe indicar que las exoneraciones que se amplía su vigencia hasta la fecha antes mencionada, se encuentran entre otras: a) Las rentas que, las sociedades o instituciones religiosas, destinen a la realización de sus fines específicos en el país. b) Las rentas destinadas a sus fines específicos en el país, de fundaciones afectas y de asociaciones sin fines de lucro. c) Los intereses provenientes de créditos de fomento otorgado directa o mediante proveedores o intermediarios financieros por organismos internacionales o instituciones gubernamentales extranjeras. d) Las rentas de los inmuebles de propiedad de organismos internacionales que les sirvan de sede. e) Cualquier tipo de interés de tasa fija o variable, en moneda nacional o extranjera, que se pague con ocasión de un depósito conforme a la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros,

El presente Decreto Legislativo entra en vigencia el 1 de enero de 2024.

Comparta su comentario