Mediante la Resolución de Superintendencia Nº 234-2005/SUNAT se aprobó el Régimen de Retenciones del Impuesto a la Renta sobre operaciones por las cuales se emitan liquidaciones de compra, señalándose en el segundo párrafo del artículo 2° de la citada resolución que se excluía de su aplicación a las operaciones que se realicen de productos primarios derivados de la actividad agropecuaria; exclusión que de acuerdo a la Segunda Final de la Resolución de Superintendencia Nº 124-2013/SUNAT se encontraría vigente hasta el 31 de diciembre de 2022.
Al respecto, a través de la Resolución de Superintendencia Nº 000286-2022 SUNAT ha visto por conveniente prorrogar la mencionada exclusión temporal de los productos primarios derivados de la actividad agropecuaria de los alcances del Régimen de Retenciones del Impuesto a la Renta hasta el 31 de diciembre de 2024, por lo que a partir del 01 de enero del año 2025 si les será de aplicación dicho régimen de retenciones.
