Mediante Resolución de Superintendencia Nº 000112-2021/SUNAT, publicada el 31 de julio de 2021, en el Diario El Peruano se dictaron nuevas disposiciones para el llevado del Registro de Ventas e Ingresos en forma electrónica (RVIE) y modifica resoluciones de superintendencia relacionadas con dicho tema, destacándose fundamentalmente lo siguiente:
- Se aprueba el módulo RVIE para el llevado del mencionado registro, que obra en el rubro “Sistema Integrado de Registros Electrónicos” de SUNAT Operaciones en Línea, al que se puede acceder a través de este sistema, del aplicativo cliente RVIE y del servicio web API SUNAT.
- Los sujetos obligados a llevar su RVIE quedan obligados gradualmente conforme a lo siguiente:
- A partir del periodo noviembre de 2021, los sujetos comprendidos en el anexo Nº 7 de la Resolución que se adjunta, siendo específicamente 154 sujetos.
- El resto de contribuyentes a partir del periodo abril de 2022.
- Se han modificado las notas (11), (13), (14) y (15) del Anexo II del Reglamento de Gradualidad aplicable a infracciones del Código Tributario, a fin de adecuar la forma de subsanar a que se refieren esas notas a las particularidades del Registro de Ventas e Ingresos que se genere en el módulo Registro de Ventas e Ingresos Electrónico (RVIE), aprobado por esta resolución.
- La presente resolución entra en vigencia a partir del 1 de noviembre de 2021.