El día 01 de agosto de 2023 se publicó en el Diario El Peruano la Ley Nº 31855, que modifica el artículo 12 de la Ley N° 27037 – Ley de Promoción de Inversión en la Amazonía, a efectos de otorgar a la actividad del transporte fluvial de carga y pasajeros en los departamentos de Loreto y Madre de Dios, en los distritos de Iparia y Masisea de la provincia de Coronel Portillo, y en las provincias de Atalaya y Purús del departamento de Ucayali, la excepción del pago de 5 % para efectos del Impuesto a la Renta.
La referida ley entra en vigor a partir del 1 de enero de 2024.