Con fecha 24 de diciembre de 2023 se publicó en el Diario El Peruano La Ley 31965 mediante la cual prorroga hasta el 31 de diciembre de 2025 el plazo de autorización a la SUNAT para que continúe con sus funciones de Entidad de Registro o Verificación, según lo previsto en la Cuarta Disposición Complementaria Transitoria y Final de la Ley 27269, Ley de Firmas y Certificados Digitales.
De esta forma, la SUNAT tendrá la capacidad de brindar Certificados Digitales de manera gratuita a las personas naturales y jurídicas que generen ingresos netos anuales de hasta 300 UIT hasta la fecha antes indicada.
Asimismo, dispone que partir del 01 de enero del 2026, la SUNAT podrá continuar con sus funciones de Entidad de Registro o Verificación siempre que haya cumplido con los procedimientos de acreditación respectivos ante el INDECOPI.
