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BOLETÍN LEGAL DEL 17 DE JULIO DE 2019

BOLETÍN LEGAL DEL 17 DE JULIO DE 2019

DISPONEN LA SIMPLIFICACIÓN EN LOS PROCEDIMIENTOS DE INSCRIPCIÓN REGISTRAL PREVISTOS EN EL REGLAMENTO DE INSCRIPCIONES DEL REGISTRO DE SOCIEDADES

Mediante la Resolución del Superintendente Nacional de los Registros Públicos N° 143-2019-SUNARP/SN se han modificado los artículos 123, 129 y 134 del Reglamento del Registro de Sociedades, aprobado por la Resolución N° 200-2001-SUNARP/SN, a fin de simplificar el procedimiento de inscripción de la transferencia de los bienes y derechos que integran los patrimonios enajenados como consecuencia de fusiones, escisiones y reorganizaciones simples.

En dichos artículos, se establece que en los casos de inscripciones de transferencia de los bienes y derechos que integran el patrimonio transferido en mérito a la inscripción de la fusión, de la escisión y/o de la reorganización simple, puede solicitarse dicha inscripción a nombre de la sociedad absorbente o de la nueva sociedad, de corresponder, aunque aquellos no aparezcan en la escritura pública de fusión, para lo cual bastará que en el formato de solicitud de inscripción se indique el número de partida y la oficina registral en la que consta inscrita la fusión, escisión y/o reorganización simple, respectivamente.