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EL 31 DE MARZO VENCE EL PLAZO PARA REALIZAR LA JUNTA OBLIGATORIA ANUAL DE ACCIONISTAS

EL 31 DE MARZO VENCE EL PLAZO PARA REALIZAR LA JUNTA OBLIGATORIA ANUAL DE ACCIONISTAS

Conforme el artículo 114 de la Ley General de Sociedades, la Junta General de Accionistas se reúne obligatoriamente cuando menos una vez al año dentro de los tres meses siguientes a la terminación del ejercicio económico (ejercicio 2019).

Dicha Junta Obligatoria Anual tiene por objeto:

  1. Pronunciarse sobre la gestión social y los resultados económicos del ejercicio anterior expresados en los estados financieros.
  2. Decidir el destino de las utilidades, en caso las hubiere.
  3. Elegir a los miembros del directorio y fijar su retribución, en caso corresponda.
  4. Designar o delegar en el directorio la designación de los auditores externos, cuando corresponda.
  5. Resolver sobre los demás asuntos que le sean propios conforme al estatuto y sobre cualquier otro consignado en la convocatoria.

La regulación antes señalada es igualmente aplicable tanto a las sociedades anónimas como a otras figuras societarias como la sociedad comercial de responsabilidad limitada, las sociedades civiles, entre otras, y dependiendo de la forma societaria y estructura de la sociedad involucrada, el directorio o la gerencia deberán convocar a la Junta General de Accionistas.