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APRUEBAN EL REGLAMENTO DE LA LEY QUE DICTA BENEFICIOS TRIBUTARIOS EN LOS SECTORES TEXTIL, CONFECCIONES, AGRARIO, AGROEXPORTADOR Y AGROINDUSTRIAL

APRUEBAN EL REGLAMENTO DE LA LEY QUE DICTA BENEFICIOS TRIBUTARIOS EN LOS SECTORES TEXTIL, CONFECCIONES, AGRARIO, AGROEXPORTADOR Y AGROINDUSTRIAL

Cabe mencionar que la Ley N° 31969 promulgó la Ley que impulsa la competitividad y el empleo en los sectores textil, confecciones, agrario y riego, agroexportador y agroindustrial y fomenta su reactivación económica.

El 27 de julio de 2024 se publicó en el Diario El Peruano, el Decreto Supremo N° 140-2024-EF, mediante la cual se dictan las normas reglamentarias y adicionales que resultan necesarias para la mejor aplicación de la referida Ley N° 31969, regulando el derecho a un crédito tributario por reinversión contra el Impuesto a la Renta y un régimen especial de depreciación de maquinarias y equipo, para los contribuyentes del Régimen MYPE Tributario y del Régimen General del Impuesto a la Renta que desarrollen principalmente las actividades de la industria textil y confecciones.

Asimismo, se establece el procedimiento para la deducción adicional por la contratación de trabajadores nuevos para los referidos contribuyentes y las personas naturales o jurídicas perceptoras de rentas de tercera categoría, comprendidas en los alcances de la Ley N° 31110, Ley del Régimen Laboral Agrario y de incentivos para el sector agrario y riego, agroexportador y agroindustrial.

La referida norma entró en vigencia a partir del 28 de julio de 2024.

 

 

 

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