La Resolución de Superintendencia N.° 155-2017/SUNAT, promulgada el 28 de julio de 2017, designó a nuevos emisores electrónicos del Sistema de Emisión Electrónica, para la emisión de facturas, boletas de venta, notas de crédito y notas de débito, señalando la fecha en que sería obligatoria la emisión de dichos comprobantes de pago electrónicos.
En ese sentido, en el Anexo 3 de la referida Resolución, se establece la relación de los contribuyentes que desde el 01 de agosto de 2018, tendrán que emitir dichos documentos.
Para verificar si usted se encuentra obligado puede acceder al Anexo 3 de la Resolución de Superintendencia N.° 155-2017/SUNAT dando click en el siguiente enlace (anexoIII RS 155-2017)
