Con fecha 30 de Diciembre del 2025 se ha publicado en el Diario Oficial El Peruano la Resolución de Superintendencia N° 000386-2025/SUNAT mediante el cual la Administración Tributaria ha aprobado los cronogramas de vencimiento del plazo para la presentación de la declaración jurada anual y pago del Impuesto a la Renta correspondiente al ejercicio gravable 2025.
En ese sentido, para las personas naturales que tengan la obligación de presentar la Declaración por rentas distintas a las de tercera categoría, para las Micro y Pequeñas Empresas (MYPE) del Régimen General del Impuesto a la Renta que hayan obtenido ingresos anuales hasta el monto máximo de 1,700 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), y para los contribuyentes del Régimen MYPE Tributario, le corresponde el siguiente cronograma de vencimiento:
Por otro lado, los contribuyentes que no estén en ninguno de los supuestos antes mencionados deben presentar la declaración jurada anual y pago del Impuesto a la Renta del año 2025, de acuerdo con el siguiente cronograma:
El Formulario Virtual N° 709 – Renta Anual – Persona Natural para la presentación de la Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta correspondiente al ejercicio gravable 2025 estará disponible a partir del 31 de marzo de 2026 en SUNAT Virtual y en el APP Personas SUNAT, mientras que el Formulario Virtual N° 710: Renta Anual – Simplificado – Tercera Categoría y el Formulario Virtual N° 710: Renta Anual – Completo – Tercera Categoría e ITF, a partir del 2 de enero de 2026 en SUNAT Virtual.
Por último, la información personalizada que pueden utilizar los contribuyentes para la elaboración de la declaración anual se encontrará disponible a partir del 31 de marzo de 2026, para el Formulario Virtual N° 709 – Renta Anual – Persona Natural, y a partir del 16 de febrero de 2026, para el Formulario Virtual N° 710: Renta Anual – Simplificado – Tercera Categoría y el Formulario Virtual N° 710: Renta Anual – Completo – Tercera Categoría e ITF.
