El día 31 de diciembre de 2025 se publicó en el Diario El Peruano la Resolución de Superintendencia N° 000390-2025/SUNAT mediante el cual se estableció los requisitos para la excepción de la obligación de efectuar pagos a cuenta y para solicitar la suspensión de retenciones y pagos a cuenta por rentas de cuarta categoría correspondientes al ejercicio 2026.
Así, estarán exceptuados de efectuar pagos a cuenta del Impuesto a la Renta durante el ejercicio 2026, aquellos contribuyentes que:
- Tengan ingresos por rentas de cuarta categoría o por rentas de cuarta y quinta categoría de hasta S/ 4,010.00.
- Posean ingresos por rentas de cuarta categoría por ejercer funciones como directores de empresas, síndicos, mandatarios, gestores de negocios, albaceas o similares y otras por rentas de cuarta y quinta categoría, de hasta S/ 3,208.00.
De otro lado, los siguientes contribuyentes podrán solicitar la suspensión de los pagos a cuenta y de las retenciones del Impuesto a la Renta durante el ejercicio 2026:
- Cuando posean ingresos por rentas de cuarta categoría o por rentas de cuarta y quinta categoría, de hasta S/ 48,125.00.
- En el caso de ingresos por rentas de cuarta categoría por ejercer funciones de directores de empresas, síndicos, mandatarios, gestores de negocios, albaceas o similares y otras rentas de cuarta y quinta categoría rentas de hasta S/ 38,500.00
Los importes antes mencionados son de aplicación para las solicitudes de suspensión presentadas desde el 1 de enero de 2026.
