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SE MODIFICA LA CALIFICACIÓN DEL PERFIL TRIBUTARIO DE LOS CONTRIBUYENTES

SE MODIFICA LA CALIFICACIÓN DEL PERFIL TRIBUTARIO  DE LOS CONTRIBUYENTES

El Decreto Legislativo N° 1535 regula la calificación de los sujetos que deben cumplir obligaciones administradas y/o recaudadas por la SUNAT, conforme a un perfil de cumplimiento, así como los efectos de dicha calificación. Por su parte el reglamento de dicha norma establece que la SUNAT realiza cuatro (4) calificaciones de prueba.

Sin embargo, el día 14 de Febrero de 2025 se publicó en el Diario El Peruano el Decreto Supremo N° 018-2025-EF, que modifica el reglamento, teniendo como finalidad viabilizar la implementación de la calificación de los sujetos que deben cumplir con las obligaciones tributarias, aduaneras y las no tributarias administradas y/o recaudadas por la SUNAT, conforme al perfil de cumplimiento creado por el Decreto Legislativo Nº 1535; en una primera etapa para los sujetos que generan rentas de tercera categoría y con la realización previa de ocho (8) calificaciones de prueba, e incorporar variables adicionales aplicables a los contratos de colaboración empresarial o a las partes de un contrato de colaboración empresarial.

 

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