Mediante el Decreto Legislativo Nº 1552 publicado el 05 de mayo de 2023, se incorpora el numeral 13 del artículo 33° de la Ley del IGV, estableciendo como exportación de bienes la venta de metal realizada por productores mineros a favor de fabricantes nacionales de joyas destinadas a su exportación.
Dicha norma brinda un tratamiento tributario de exportación a los productores mineros con la finalidad de promover la venta de metales a los fabricantes nacionales de joyas, para que estos puedan contar con materia prima para producirlas y exportarlas.
El dispositivo señala un procedimiento a detalle que deberá seguir el vendedor y el comprador para ser considerado como exportador y que será complementado por un reglamento que será publicado en breve.
Asimismo, se dispone que mediante resolución de superintendencia la SUNAT regulará el medio, la forma y condiciones para que el productor minero goce del beneficio como exportador.
El presente Decreto Legislativo entra en vigencia a partir que se dicte el Reglamento de esta norma.
