Mediante el Decreto Legislativo Nº 1126 y normas modificatorias, se establece medidas de control en los insumos químicos y productos fiscalizados, maquinarias y equipos utilizados para la elaboración de drogas ilícitas, señalando que la SUNAT otorga permiso excepcional para realizar actividades no habituales con bienes fiscalizados y que el reglamento establece el procedimiento correspondiente.
Así, el reglamento del mencionado Decreto Legislativo, indica que el usuario que solicite a la SUNAT un permiso excepcional debe cumplir, entre otros requisitos, con presentar la solicitud de permiso excepcional en el formulario que se apruebe para tal fin.
De este modo, el día 29 de marzo de 2023 se publicó en el Diario El Peruano la Resolución de Superintendencia Nº 000070-2023/SUNAT, mediante la cual se aprueba el Formulario Nº F-105 “Solicitud de Permiso Excepcional”, que como anexo forma parte integrante de la referida resolución.
El referido formulario está a disposición en SUNAT Virtual (portal de la SUNAT en la Internet cuya dirección es http://www.sunat.gob.pe), a partir de la fecha de vigencia de la presente resolución.
