El día de hoy 30 de diciembre de 2020 se ha publicado en el diario oficial El Peruano la Resolución de Superintendencia Nº 00229-2020/SUNAT, la misma que modifica la Resolución de Superintendencia Nº 271-2019/SUNAT que aprueba disposiciones y formularios para la Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta y del Impuesto a las Transacciones Financieras y se aprueba el cronograma para el ejercicio gravable 2020.
En ese sentido, la referida Resolución de Superintendencia dispone lo siguiente:
- La presentación de la Declaración mediante el Formulario Virtual Nº 709 – Renta Anual – Persona Natural se realiza a través de SUNAT Virtual o el APP Personas SUNAT y mediante el Formulario Virtual Nº 710: Renta Anual – Simplificado – Tercera Categoría o el Formulario Virtual Nº 710: Renta Anual – Completo – Tercera Categoría e ITF, a través de SUNAT Virtual
- Para el ejercicio gravable 2020, los deudores tributarios presentan la Declaración y, de corresponder, efectúan el pago de regularización del Impuesto y del ITF, de acuerdo con el siguiente cronograma:
Finalmente, la presente resolución entrará en vigencia el día de mañana 31 de diciembre de 2020.
