El día domingo 13 de diciembre de 2020 se ha publicado en el diario oficial El Peruano la Resolución de Superintendencia Nº 000217-2020/SUNAT, mediante la cual se modifica las Resoluciones de Superintendencia Nros. 210-2004/SUNAT y 086-2020/SUNAT para regular la inscripción en el RUC de la Sociedad por Acciones Cerrada Simplificada (SACS), la activación del número de RUC y la obtención del Código de Usuario y la Clave SOL.
Anteriormente, mediante el Decreto Legislativo Nº 1409, se había creado y regulado el régimen de sociedad denominado “Sociedad por Acciones Cerrada Simplificada” (SACS), la cual se constituye a traves del sistema SID-SUNARP.
En ese sentido, la referida Resolución de Superintendencia dispone lo siguiente:
- Tratándose de SACS que se constituyen a través del SID-SUNARP, se debe tener en cuenta lo siguiente:
(i) Al momento de la inscripción del título del acto constitutivo de la SACS en el Registro de Sociedades de la SUNARP se asigna automáticamente el número de RUC, el cual es comunicado a la dirección electrónica del presentante.
(ii) El número de RUC debe ser activado en un plazo máximo de 12 meses computado a partir del día hábil siguiente a la fecha del depósito de la comunicación vía correo electrónico.
(iii) El código de usuario y la clave SOL pueden obtenerse de manera presencial o generarse a través de SUNAT virtual o del aplicativo PERSONAS.
- Una vez inscrito en el RUC o activado dicho número, cualquier otro trámite, tales como modificaciones o actualizaciones u otros, se efectua:
(1.) De manera presencial, en los centros de servicios al contribuyente a nivel nacional, en el caso de los trámites señalados en el anexo Nº 2. Para tal efecto, cuando se haga alusión a un tipo de contribuyente se considerará a la SACS como Sociedad Anónima Cerrada.
(2.) A través de SUNAT Virtual, en el caso de los trámites señalados en el anexo Nº 4.
Por último, la Resolución bajo comentario entró en vigencia el día de hoy 14 de diciembre de 2020.
