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SUNARP: INCREMENTA ACTOS INSCRIBIBLES DE MANERA ELECTRONICA

SUNARP: INCREMENTA ACTOS INSCRIBIBLES DE MANERA ELECTRONICA

Mediante la Resolución del Superintendente Nacional de los Registros Públicos N° 067-2020-SUNARP/SN publicada el día 12 de junio en el Diario El Peruano, se autoriza la presentación electrónica a través del Sistema de Intermediación Digital de la SUNARP (SID-SUNARP) de actos inscribibles en el Registro de Personas Naturales, Registro de Predios, Registro de Personas Jurídicas, Registro de Bienes Muebles y el Registro de Derechos Mineros, teniendo principalmente las siguientes connotaciones:

1) Se autoriza, a partir del 15 de junio de 2020, la presentación electrónica, mediante el SID SUNARP, de los partes notariales suscritos con firma digital o copia certificada, según corresponda de determinados actos inscribibles de los distintos Registros

2) RESPECTO AL REGISTRO DE PERSONAS NATURALES, se podrá realizar:

– Reconocimiento o cese de unión de hecho.

– Nombramiento o designación de tutor.

– Nombramiento de curador.

– Designación o modificación de apoyos y salvaguardias.

3) RESPECTO AL REGISTRO DE PREDIOS, se autoriza:

– Modificación o Levantamiento de hipoteca.

– Prescripción adquisitiva de dominio.

– Constitución, modificación o levantamiento de Usufructo.

– Patrimonio familiar.

– Extinción de patrimonio familiar.

– Constitución, modificación o levantamiento de habitación.

– Contrato de opción.

4) RESPECTO AL REGISTRO DE PERSONAS JURÍDICAS, se autoriza:

– Constitución Organización Social de Base (OSB).

– Nombramiento de directivos de OSB.

– Modificación de estatutos de OSB.

– Modificación de estatutos de sociedad.

– Nombramiento de gerente de sociedad.

– Remoción de gerente de sociedad.

– Modificación de estatutos de EIRL.

– Nombramiento de gerente de EIRL.

– Remoción de gerente de EIRL.

– Modificación de estatutos de asociación.

– Nombramiento de junta directiva.

– Otorgamiento de poder.

– Revocatoria de poder.

5) RESPECTO AL REGISTRO DE BIENES MUEBLES, se podrán efectuar:

Registro de Propiedad Vehicular:

– Constitución de garantías mobiliarias.

– Modificación de garantías mobiliarias.

– Cancelación de garantías mobiliarias.

Registro Mobiliario de Contratos:

– Constitución de garantías mobiliarias.

– Pre constitución de garantías mobiliarias.

– Modificación de garantías mobiliarias.

– Cancelaciones de garantías mobiliarias.

– Cesión de derechos.

– Fideicomiso.

– Arrendamiento.

– Arrendamiento financiero (Leasing).

– Contrato de opción.

– Usufructo.

6) La presentación electrónica a través del SID-SUNARP, de los actos aprobados mediante la presente resolución, constituye un medio alternativo a la presentación de títulos en soporte papel para su inscripción y comprende únicamente a los partes notariales y copias certificadas de origen notarial, expedidas en formatos electrónicos y suscritas con firma digital.