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BOLETÍN LEGAL DEL 28 DE DICIEMBRE DE 2019

BOLETÍN LEGAL DEL 28 DE DICIEMBRE DE 2019

ESTABLECEN CRONOGRAMAS PARA EL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES TRIBUTARIAS MENSUALES Y LAS FECHAS MÁXIMAS DE ATRASO DE LOS REGISTROS DE VENTAS E INGRESOS Y DE COMPRAS LLEVADOS DE FORMA ELECTRÓNICA CORRESPONDIENTES AL AÑO 2020

Mediante Resolución de Superintendencia N.º 269-2019/SUNAT se ha aprobado el cronograma para la declaración y pago de tributos de liquidación mensual, cuotas, pagos a cuenta mensuales y tributos retenidos o percibidos, así como con presentar las declaraciones relativas a los tributos a su cargo administrados y/o recaudados por la SUNAT, correspondientes a los períodos tributarios de enero a diciembre del año 2020, de acuerdo con el cronograma detallado en el anexo I.

Asimismo, en su artículo 4° se han aprobado las fechas máximas de atraso de los Registros de Ventas e Ingresos y de Compras Electrónicos (sean generados mediante el SLE-PLE o el SLE-PORTAL) que se encuentran contenidas en el ANEXO II (CRONOGRAMA TIPO A) aplicable para contribuyentes que se encuentran obligados o que voluntariamente llevan sus libros de manera electrónica y en el ANEXO III (CRONOGRAMA TIPO B) aplicable para contribuyentes obligados a llevar sus libros en forma electrónica a partir del año 2020.