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BOLETÍN LEGAL DEL 24 DE ABRIL DE 2019

BOLETÍN LEGAL DEL 24 DE ABRIL DE 2019

LEY QUE REGULA EL PROCEDIMIENTO ESPECIAL DE DESALOJO CON INTERVENCIÓN NOTARIAL

 Mediante la Ley N° 30933 publicada el día de hoy, se ha dictado la Ley que regula el procedimiento especial de desalojo con intervención notarial, el cual establece y regula la competencia a los notarios de la provincia dónde se encuentra el inmueble arrendado a fin de proceder a un desalojo que debe cumplir con ciertas condiciones.

Entre las condiciones que exige la norma es consignar en un formulario único de arrendamiento de inmueble creado por el Decreto Legislativo N° 1177, que estableció el régimen de promoción del arrendamiento para vivienda; el contar con una cláusula de allanamiento a futuro del arrendatario para la restitución del bien inmueble por vencimiento del pago del contrato o falta de pago.

Asimismo, la ley también establece los requisitos de la solicitud, las causales y el procedimiento a seguir en caso se cumpla con los requisitos previamente establecidos.

Finalmente, la Única Disposición Complementaria Transitoria de la mencionada norma, señala que los Contratos de arrendamiento anteriores a la vigencia de la presente ley, los contratos de arrendamiento que se celebraron en el marco del Decreto Legislativo 1177, Decreto Legislativo que establece el Régimen de Promoción del Arrendamiento para Vivienda y los anteriores a éste, podrán acogerse a la presente ley, siempre y cuando suscriban una adenda que cumpla con las mismas formalidades del contrato de arrendamiento establecidas en la presente ley.

LEY QUE PROMUEVE Y REGULA EL USO DE LA BICICLETA COMO MEDIO DE TRANSPORTE SOSTENIBLE

 El día de hoy se ha publicado la Ley N° 30936, norma que establece medidas de promoción y regulación del uso de la bicicleta como medio de transporte sostenible y eficiente en el uso de la capacidad vial y en la preservación del ambiente. Se declara el 3 de junio de cada año como el Día Nacional de la Bicicleta.

El artículo 9 de la referida norma dispone de las Medidas de promoción del uso de la bicicleta por los centros laborales, señalando que los empleadores privados y públicos pueden incentivar en sus trabajadores el uso de la bicicleta como medio de transporte para llegar a su centro laboral a través de medidas tales como flexibilización de la hora de ingreso, días u horas libres, facilitación de duchas al interior del centro de trabajo, entre otros. Y asimismo, posibilita que los servidores públicos podrán recibir una jornada laboral libre remunerada por cada sesenta veces que certifiquen haber asistido al centro de labores en bicicleta; para lo cual, cada institución del sector público formula e implementa las medidas necesarias para su desarrollo y certificación, en concordancia con las disposiciones emitidas por la Autoridad Nacional del Servicio Civil.